Desde Triana

Desde Triana

1 de diciembre de 2012

Contrato de hechura del Cristo de la Expiración



El 7 de Diciembre de 1575. Sepan quantos esta carta vieren como yo Marco de Cabrera escultor y vecino de Sevilla en la collación de san
bicente otorgo y conosco que soy conbenido y consertado con bos hernando de soria y Rodrigo hurtado plateros y vecinos de esta ciudad de sevilla alcalde y diputado de la cofradia nombrada de la espiracion de cristo questays presente en tal manera que yo sea obligado y por la presente me obligo de hazer y dar fecho y acabado en toda perficion un cristo de pasta con su cruz encarnado y acabado de todo punto el cual me obligo de vos dar el primero dia de pascua de nabidad primera que biene deste presente año en quetamos de la fecha desta por rrazon de lo cual me abeys de dar por la hechura lo que tasaren dos onbres que lo entiendan que meresen y seys ducados que aquellos doy en limosna a la dicha cofradia lo cual me abeys de dar luego como vos entregue el dicho cristo fecho y fuere dado al parescer de las personas que lo tasaren aquí en sevilla sin pleyto alguno con el cual dicho parescer vos pueda executar en vuestras personas e bienes con solamente el dicho parescer vos pueda executar en vuestras personas e bienes con solamente el dicho parescer y esta escriptura.
Y para que mas sierto seais que hare y cumplire con bos todo lo que por esta escriptura se declara ques a mi cargo vos doy conmigo por mi fiador y obligado en mancomun a juan dias pintor de ymageneria vecino de esta ciudad de sevilla en triana- e yo juan dias que presente soy a lo que dicho otorgo que salgo y me costituyo por tal fiador de marcos cabrera como si fuese principal y juntamente con el de mancomun me obligo a todo lo quel dicho marcos de cabrera esta obligado.
Espresamente nos obligamos nos lo dicho principal y fiador a dar fecho y acabado en toda perficion el dicho cristo al dicho plazo y no lo haziendo ansi que nos podays prender y tener presos en la carcel publica desta ciudad sin salir della fasta aber cunplido lo contenido en esta escriptura-
e nos hernando de soria y rodrigo hurtado que presentes somos por nos y en nonbre de la dicha cofradia aceptamo esta escriptura y de mancomun nos obligamos a la paga de los dichos maravedis que tasaren por la hechura del dicho cristo que vos lo pagaremos luego que lo tasaren y obligamos nuestras personas e bienes avidos y por aver.

Se ha respetado la ortografía original(Archivos de protocolo, Oficio 18 )